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Prensa

El economista Ariel Setton explicó el camino a seguir para realizar el trámite ante el fisco. Los requerimientos difieren si se trata de un contribuyente de Ganancias o Bienes Personales respecto de quienes se encuentran exentos o son monotributistas.

En la mayoría de las veces resulta complicado solicitar la devolución del 35% del recargo se abona sobre las compras en el exterior realizadas con tarjeta de débito o crédito.

Los pasos a seguir no son los mismos para quienes ya pagan el Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales respecto de quienes se encuentran exentos o son monotributistas.

Es por ello que el economista Ariel Setton diseñó una amplia guía con los pasos a seguir en cada caso.

En primer término, el experto señaló que para conseguir la devolución,  sí o sí se necesita contar con la clave fiscal provista por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la registración de los datos biométricos (huella dactilar y foto, entre otros requerimientos).

Las instrucciones cambian de acuerdo con la condición de quien reclama la devolución. En el caso de los contribuyentes que se encuentran inscriptos en Ganancias y Bienes Personales, se debe ingresar al sitio web de la AFIP utilizando la clave fiscal.

Una vez dentro del sitio del fisco nacional, hay que ir a la sección "SiRAGID - Trabajador" que permite cargar actualizaciones y novedades sobre Ganancias.

Una vez confirmado el nombre y el apellido, el contribuyente debe ir a la opción "Crear nuevo borrador".

Allí se actualizan los datos personales. Dentro de los requerimientos se solicita incorporar el número de celular.

Luego, se debe completar el apartado "Empleadores" donde se tienen que consignar todas las empresas en donde trabaja el solicitante. Los datos a ingresar de cada compañía son:

CUIT del empleador.

Razón social.

Fecha de ingreso.

Vale recordar que quien oficia de agente de retención es el empleador que le abone el sueldo más alto al solicitante.

Como una primera traba, el economista destaca que "por más que se pide sólo la devolución del 35% por compras al exterior, hay que cargar todas las deducciones en Ganancias a través del formulario web. Esto incluye cargas de familia, deducciones por intereses hipotecarios, prepagas, seguro de vida, entre otros conceptos".

Luego de ingresar las deducciones antes mencionadas, se llega al apartado "Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta" en donde se puede cargar tanto el crédito proveniente del Impuesto sobre los Créditos y Débitos de la cuenta bancaria del solicitante como así también el 35% de recargo sobre las compras realizadas en el exterior a través de tarjetas de crédito o débito.

Una vez dentro de "Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta" se tiene que ir a la opción “Pago a cuenta – Compras en el exterior”. Allí se va a abrir un menú en donde, para cada mes, por cada tarjeta de cada banco con el que se operó, el solicitante va a tener que cargar el monto de la percepción.

Luego se genera y se envía el formulario 572 web a la AFIP. También se debe imprimir el borrador ya que luego no existe otra forma de conseguir el comprobante por haber realizado el trámite.

Por último, se debe pulsar "Enviar al empleador" para finalizar las gestiones.

El economista afirmó que "hay tiempo para cargar este formulario hasta el último día del mes de enero del año siguiente al cual se hizo la percepción". Es decir, hay tiempo hasta el 31 de enero de 2015 para cargar las retenciones efectuadas durante 2014.

Monotributistas

Los pasos a seguir cambian si se trata de un monotributista. En tal caso, el solicitante debe recurrir al formulario 746/A web.