Buenos Aires, Miercoles 8 de mayo de 2024
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Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución ha resuelto, en función de lo previsto en los artículos 5° y 7°, inciso c), de la Ley 27.468, que lo allí dispuesto será de aplicación para las entidades financieras y casas de cambio sujetas al control del Banco Central de la República Argentina para los ejercicios económicos que se inicien a partir del 1.1.2020.
Oportunamente se darán a conocer las disposiciones complementarias, así como las modificaciones correspondientes al Plan de Cuentas y regímenes informativos relacionados.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Mariana A. Díaz Subgerente de Normas Contables y Regímenes Cambiarios
Estela M. del Pino Suárez Subgerente General de Régimen Informativo y
Protección al Usuario de Servicios Financieros